En
esta parte abordaremos el análisis de las medidas y actuaciones por la vía de distintos
tipos de normativas destinadas a reducir o prevenir el maltrato, abandono y
muerte prematura de perros de raza galgo en España. Una de las cuestiones que actúa como
catalizador de la tragedia actual que vive esta raza es la inexistencia de una
regulación adecuada en materia de protección animal que tenga en cuenta las
especiales características de la práctica de caza con galgos y del colectivo
galguero. El trágico complemento a esta regulación pobre, es el incumplimiento
de las normas existentes por parte de los cazadores y la escasa supervisión de
las administraciones públicas en lo que se refiere a protección animal.
El
aspecto más íntimamente ligado a la utilización de galgos y que a la larga más
víctimas produce, suponiendo la piedra angular en materia de una mejor
regulación de esta actividad, es la cría indiscriminada y la tenencia masiva de
ejemplares de galgos. Esta es la primera cuestión a desarrollar, para después
proponer medidas para la lucha contra todo tipo de abandono, eliminación de
ejemplares no válidos, sacrificio injustificado en veterinarios, robo y tráfico
ilegal de galgos, entrenamiento con vehículos a motor y condiciones de vida de
estos perros.
Cría indiscriminada y tenencia masiva
El
galgo español es, con mucha diferencia, la raza de perro con mayor importancia
en términos cuantitativos en España. La cifra total es desconocida, pero
diferentes estimaciones la cifran en un número no menor del medio millón de
ejemplares. Estos datos pueden parecer inverosímiles a la mayoría de la
población. De hecho un porcentaje
elevado de españoles, debido a razones geográficas, o por vivir en grandes ciudades, nunca habían visto un galgo
en la vida real hasta la reciente irrupción de esta raza de perro como animal
de compañía en nuestras ciudades. ¿Por
qué hay un número tan elevado?.
Las
razones de esta realidad tienen que ver con la actividad de caza con galgos en
el Sur e interior de nuestro país. La caza de liebres con galgos es una
modalidad de caza no selectiva (es el animal depredador el que persigue y da
caza a la presa sin intervención humana alguna) en la que el animal que sirve
al cazador (el galgo) representa el cien por cien del lance cinegético. A diferencia de otras modalidades de caza,
donde el perro es un complemento del hombre, aquí el animal lo es todo, siendo el
propietario galguero, un mero observador del momento de persecución y muerte de
la liebre. A esto hay que añadir, que en
esta la actividad, tal y como está concebida a día de hoy, lo más importante no
es la capacidad o habilidad del perro para capturar a la liebre en campo
abierto, lo que se persigue, se busca y en definitiva la cuestión central de
esta modalidad es la de determinar, de entre dos galgos que persiguen a una
liebre, cual corre más cumpliendo unas determinadas características
reglamentarias en la persecución y muerte de la presa.
Por
tanto, el galgo, como objeto central de la actividad, se convierte en un
instrumento en el que se buscan la confluencia de una serie de características
idóneas, ya sean físicas, morfológicas, de carácter, de entrenamiento, o de
comportamiento en carrera. Esto hace que un gran número galgueros traten de
encontrar los mejores ejemplares.
Por
otro lado hay que tener en cuenta dos cuestiones. La primera es que los
cachorros, habiendo excepciones, no son probados con garantías hasta una edad
que oscila entre los 10-15 meses. Y por otra, que la vida útil para la práctica
de la modalidad para estos animales no excede de los tres o cuatro años,
cuando, como es normal pensar, es un perro con una esperanza de vida media en
el entorno de 10-12 años.
Estos
factores analizados unidos a la existencia de un mercado que valora enormemente
los ejemplares con mejores características, hace que una buena parte de los
galgueros críen camadas anualmente y acumulen un gran número de perros bajo su custodia,
ya sea para la práctica de la caza, para la venta de los mismos o para la
competición.
La
realidad y exigencia de este tipo de caza, donde el perro, como ya se ha
explicado es el punto fundamental, hace que en la búsqueda de los mejores
galgos, una mayoría de ellos sean descartados por distintos motivos (taras
físicas, escasa velocidad, problemas de comportamiento, edad, carácter en
carrera, lesiones, enfermedades, incumplimiento del reglamento en carrera …).
La concepción del perro como instrumento de uso, hace que una vez que estos
galgos han demostrado no ser aptos para sus propietarios, se convierten en una
pesada carga, tanto económica como de espacio en los lugares que habitan.
Este
exigente círculo vicioso, de crianza, prueba y descarte de perros es la raíz de
toda la problemática asociada al bienestar de estos animales y la polémica
actual de cara a la prohibición de esta práctica. Ya que en un grueso de las
ocasiones el descarte de estos animales se realiza mediante el abandono, la
entrega en perreras públicas, el sacrificio veterinario de animales sanos, o el
asesinato por diversas vías.
A su
vez, la cría y acumulación masiva de animales en pos de los mejores “productos”
(como los propios galgueros los definen) y el tráfico legal e ilegal de los
mismos, hace que en una mayoría de casos, las condiciones de vida de estos
animales, aún cuando todavía no han sido descartados, tienen lugar en unos
parámetros de miseria, pobreza o aislamiento absoluto. Condiciones inaceptables
para cualquier raza de perro en la
sociedad Europea del siglo XXI.
En
cuanto a la cría y tenencia masiva de galgos, no existen diferencias
sustanciales para los diferentes estratos sociales. Podemos ver un
ejemplo en galgueros no habituales de los altos círculos de competición , como
es el caso de este vídeo:
O
podemos observar otro ejemplo en las cuadras de un galguero de fama reconocida,
tal como es Joao Moura, rejoneador portugués y ganador de la Copa S.M. del Rey
de galgos en 2010, o ganador de la Copa la Ina en 2011-12. Estas son sus
instalaciones, que aunque situadas a pocos kilómetros de la frontera española,
se encuentran en territorio portugués:
Aunque,
como hemos hablado de condiciones de aislamiento, quizá sea oportuno poner el
ejemplo del bunker-zulo de Carlos Sanz, actual Presidente de la Federación
Española de Galgos, en un pueblo de Castilla y León. Sobra decir, que la visita
de los periodistas en este caso era prevista y es interesante analizar las condiciones
idóneas de vida de un animal (dentro de un cubo de hormigón armado), para el
máximo representante del colectivo galguero en España.
Una
primera medida que parece clara sería la limitación
efectiva del número de galgos que cazador pudiera tener. Controlando el número de galgos por galguero,
se reduciría el número de ellos desechados, se desincentivaría la cría
indiscriminada de camadas de galgos, y en principio, sería presumible que a un
menor número de perros, correspondería un menor gasto de mantenimiento y es de
esperar que sus condiciones de vida pudieran mejorar. Sin embargo, y suponiendo que esto fuera
así ¿Cómo hacerlo?.
Para
empezar a hablar de un control efectivo, este debería realizarse de forma
oficial, es decir, por parte de algún organismo público. En este caso, sobra
decir que la Federación Española de Galgos (vista la práctica de sus
representantes) no son la entidad adecuada para ello, además aquí se estaría
hablando de la práctica al completo, ya sean galgueros federados o no. La
propuesta más razonable, sería que se creara una base de datos de carácter nacional
con un seguimiento y control poblacional por parte de las comunidades autónomas
(Consejerías o Departamentos de Medio Ambiente) o incluso, para ser mucho más
efectivo por la Guardia Civil (Seprona).
Se
debería fijar un número límite de perros por cazador con las siguientes
características:
-
El límite sería el mismo y con carácter máximo
para datos cruzados de catastro de propiedades. Es decir, un cazador no podría
multiplicar los ejemplares poniéndolos a nombre de su esposa o hijos. El límite
lo sería por cazador y por propiedad inmobiliaria.
-
El seguimiento y control del cumplimiento de la
norma se realizaría por parte de algún organismo con autoridad de carácter coactivo
e instantáneo, véase Guardia Civil (Seprona)
-
Cada animal tendría un único e indivisible
propietario, que fuera el sujeto sobre el que pesaran todos los deberes
correspondientes al cumplimiento de la normativa exigible. Por tanto no se
podría minimizar o limitar la responsabilidad compartiendo la propiedad del
animal.
-
El propietario debería ser persona física, nunca
jurídica. La posible adscripción de los perros a Clubes, entidades mercantiles,
deportivas o de otro tipo, podría dificultar, o diluir, las responsabilidades penales
del verdadero dueño del animal en muchos casos.
-
La base de datos sería de carácter nacional.
-
Se debería establecer un régimen sancionador que
desincentivara claramente el incumplimiento de la norma. Lo más coherente, es
que se estableciera una progresividad creciente y acumulativa contra el
galguero que incumpliera la norma, acordando, tras un número determinado de
sanciones o dependiendo de la gravedad de estas, la inhabilitación del mismo
para la tenencia de todo tipo de perros.
La
introducción de una norma de este tipo ayudaría en gran medida a reducir las
terribles consecuencias de la caza con galgos en España, pero contaría con el
rechazo frontal del colectivo galguero, que al ver mermadas sus capacidades de
selección entre una multitud de ejemplares, verían desvirtuada su práctica.
Control de Criadores
Como
medida que acompañara la limitación efectiva del número de galgos por
propietario se debería de controlar, de forma simultánea la crianza de camadas.
Para ello se debería unir a la base de datos de ejemplares un registro oficial
de criadores. La normativa, teniendo en cuenta que en la base de la
problemática de los galgos en España está el elevado número de camadas
incontroladas, debería ser claramente desincentivadora de la cría de camadas. Esto se logra con dos
instrumentos complementarios, la limitación de crianza y venta sólo a criadores
autorizados, y el establecimiento de un sistema de tasas desincentivador para
formar parte de dicho registro de criadores autorizados. La conexión entre los
datos del registro de ejemplares y los de criadores podría establecer, no ya
sólo el destino de las camadas autorizadas, sino también las ventas de
cachorros y todo el tráfico mercantil asociado a las mismas. Datos que debieran
ser muy útiles de cara a la fiscalización por parte de las autoridades
tributarias, de un negocio hasta hoy tan oscuro, como la compra y venta de
galgos en España.
Identificación de perros
Supuesta
una limitación efectiva en el número de galgos y un cumplimiento de un control
y fiscalización de camadas, así como de compra-venta de galgos. ¿Cómo asegurar
que no son eliminados para cambiarlos por otros?. Este es el campo de la adecuada
identificación de los animales. El principio básico a cumplir, es que todo el
que tenga un perro, sea responsable de su bienestar hasta el final de sus días,
o de encontrarle una salida coherente con su bienestar, si por razones de
fuerza mayor (entre las que no se encuentra su capacidad para la caza) no puede
hacerse cargo de él. Pero para poder controlar esto hay que saber con exactitud
identificar cada perro de forma individual y con el 100% de fiabilidad.
El
uso del chip para la identificación de galgos ha resultado ser una medida
claramente insuficiente para controlar su número y las distintas y penosas
situaciones que viven estos animales. La facilidad para la localización del
chip, hace que los galgueros puedan quitarle el chip a los animales antes de
abandonarlos, dejarlos en una perrera o asesinarlos de distintas formas. El
tatuaje en orejas tampoco ha resultado ser efectivo existiendo la posibilidad
de amputación de distintas formas de la oreja del animal.
El
avance de las técnicas de identificación por ADN actuales, así como la
economicidad de las mismas hacen posible que la identificación de perros con
esta técnica sea ya posible y deseable. Por tanto, todo galgo debiera estar
identificado por su código genético fuera cual fuera su edad, estado físico,
utilización básica y propietario. Este dato sería de una importancia capital
porque permitiría el control efectivo de la vida del mismo, desde su nacimiento
hasta su muerte. Y además centraría en el propietario la responsabilidad de su
vida como cachorro, de su vida como galgo apto para la caza y de su vida tras
ser retirado de la caza o de la cría hasta el final de sus días.
Este
código indentificativo sería el dato básico en lo que se refiere al perro, de
la ya comentada base central de registro de ejemplares de galgos en nuestro país.
Sobre
decir, que la identificación de todos los galgos, aptos y no aptos para la
caza, será rechazada de plano por todo el colectivo galguero. En este caso, la
consideración ética para con los galgos que ya no son aptos para la caza es difícil
de inculcar en este colectivo, para el que estos animales han perdido toda
funcionalidad o valor, y evitarán la carga de cualquier tipo de responsabilidad
al respecto.
Contra el abandono
La
identificación efectiva de los perros es la mejor medida para poder denunciar a
los responsables de su abandono. El abandono ha de ser siempre considerado como
un acto de maltrato animal. La reglamentación en el caso de los galgos debería
ser lo suficientemente clara y estricta para que cualquier caso de extravío,
robo o pérdida fuera notificado con carácter inmediato a las autoridades, para
evitar la picaresca consistente en declarar, que una vez que el perro ha sido
encontrado abandonado y localizado su dueño, este declare que se le había
extraviado. Para ello sería útil la creación de métodos rápidos y sencillos
para denunciar extravíos o pérdidas, tales como teléfonos gratuitos, o
denuncias on-line o con modelos preestablecidos.
De
la misma forma, la entrega de galgos por parte de sus propietarios en las
perreras municipales o de otra clase, sin la garantía real para el bienestar
del animal y su futuro, debe ser considerado abandono y por tanto maltrato
animal. Lo coherente, en este caso, es que los propietarios de los animales
entreguen en las perreras animales que no puedan atender por causas de fuerza
mayor. En ningún caso, estas causas debieran ser el retiro de los ejemplares de
perros que ya no valen para la caza o que no le interesa mantener al cazador. En
este caso, la medida es muy sencilla de cumplir. Una vez controlado el número y
el destino de cada animal por parte de las autoridades, los casos de fuerza
mayor para dejar un perro en la perrera deberán ser debidamente justificados.
La repetición de un mismo galguero (o una misma referencia catastral) en los
argumentos de causa de fuerza mayor, invitarán a la investigación, sanción e
inhabilitación para la caza del responsable del abandono, independientemente de
las responsabilidades administrativas o penales que se puedan derivar de sus
actos.
En
la actualidad, en España, las perreras públicas aceptan el abandono masivo de
galgos y todo tipo de perros con la connivencia de las administraciones locales
y regionales, que así esconden el problema del abandono y eliminación de perros
“sobrantes” . En algunos lugares, como en las zonas galgueras de la provincia
de Badajoz, los galgos a desechar, son
recogidos por vehículos de la administración regional, a instancias de los
ayuntamientos, sin control de número ni estado físico, para ser llevados a
perreras que actúan como sumideros o campos de exterminio. Por tanto, es
razonable pensar que cualquier avance en el sentido de minimizar el abandono,
ya sea el ilegal (en la vía pública) o el legal (en perreras) será una tarea
muy complicada.
Galgo joven abandonado por su propietario en la perrera de Olivenza (Badajoz). 2009 |
Eliminación de ejemplares no válidos
Se
sabe que la mayoría de los galgos desechados por los cazadores por todas las
causas ya explicadas son asesinados por ellos mismos y eliminados de diversas
formas. Principalmente tirados a vertederos, a pozos o enterrados en el campo.
Sólo una minúscula parte de estos casos es hallada por los ciudadanos y una
proporción aún menor, es denunciada e investigada por las autoridades para la búsqueda
y castigo de los responsables. Es lógico pedir un mayor esfuerzo a toda la
población para la denuncia de estos casos y también a las autoridades, para el
esclarecimiento de los mismos.
La
única manera de luchar contra estas prácticas salvajes es el control de los
galgos y su identificación efectiva. De esta forma, con una reglamentación
efectiva, los galgueros no podrían justificar la ausencia de los animales que
han sido eliminados y sustituidos por otros en sus cuadras. Y del mismo modo
que en los anteriores casos, esta falta de información y justificación de los
galgos que ya no tienen deberían conducir a la sanción e inhabilitación para la
tenencia de perros de aquellos que no pudieran aclarar el destino de los
lebreles de su propiedad. Independientemente de la responsabilidad penal
exigible en los casos hallados de asesinatos de perros.
Actualmente,
ni existe, como ya se ha visto, la identificación efectiva, ni el control de
los galgos de los galgueros, por tanto, el camino a recorrer en este aspecto
sería muy largo. Y como en el resto de la regulación propuesta no contaría con
el apoyo del colectivo galguero, habida cuenta de que todas estas medidas
harían difícilmente viable una práctica que tiene en la renovación de galgos
jóvenes una de las claves de su existencia.
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Vertedero con los restos de más de cien galgos asesinados en Villatobas (Toledo) . 2009 |
Sacrificio injustificado realizado por
veterinarios
Otra
de las formas que tienen los cazadores de deshacerse de sus “productos”
sobrantes es el sacrificio en una clínica veterinaria. Esta es una práctica
minoritaria, debido a los costes que supone para el galguero este tipo de
solución a su problema. Dado el casi inexistente control actual de las
prácticas de los galgueros para con sus perros por la administración, la
ecuación Coste/Beneficio de llevar a sus perros no válidos a morir a una clínica
veterinaria no hace esta la mejor opción, comparada con métodos de eliminación
menos considerados con el animal, pero más baratos, como pueden ser tirarlos a
un pozo, o pegarles un tiro en un vertedero. No obstante, y conociendo la
creciente sensibilización de parte de la sociedad contra el asesinato “tradicional”
de galgos, estos casos existen, e incluso, son considerados como una buena
práctica o una actitud ejemplar dentro del colectivo galguero.
En
estos casos, se ha de volcar el esfuerzo y la presión sobre el colectivo veterinario.
El sacrificio de animales sanos (le valgan o no al propietario para cualquier cosa)
va en contra del Código Deontológico oficial del colectivo veterinario. Es
necesario que esto se conozca a todos los niveles. Para ello se deberá
denunciar al veterinario en cuestión y darle la máxima publicidad al asunto.
Estos casos de mala praxis veterinaria sólo cesarán cuando se hagan públicas
denuncias que acarreen la apertura de expedientes en el Colegio de
Veterinarios, para que aquella minoría de profesionales que acceda a realizar
estos sacrificios injustificados sea conscientes de los riesgos personales y
económicos a los que se enfrenta.
También
estos casos serían evitables con un control efectivo de número de perros y un
seguimiento efectivo de su destino por parte de las autoridades.
Se adjunta link al Código Deontológico de la profesión veterinaria:
http://colegioveterinarios.net/uploads/files/codigo_deontologico.pdf
Se adjunta link al Código Deontológico de la profesión veterinaria:
http://colegioveterinarios.net/uploads/files/codigo_deontologico.pdf
Robo y tráfico ilegal de galgos
La
continua búsqueda de los mejores galgos por los miembros del colectivo
galguero, unido al descontrol de la cría y tenencia de estos animales por parte
de las autoridades hace que exista un mercado negro muy activo para estos
perros. Los lebreles más cotizados, generalmente por haber demostrado sus
cualidades en campeonatos o por haberse granjeado una fama en el mundillo
galguero por la calidad de sus descendientes, pueden llegar a venderse por
cantidades astronómicas de dinero. No es extraño que se realicen transacciones
de compra-venta de galgos por valores que superen los veinte o treinta mil
euros. Esta es la gota que colma el vaso
del catálogo de desgracias que sufre esta raza en España. La potencialidad,
aunque remota, que todo cachorro tiene de convertirse en un galgo con buenas
aptitudes para la competición, existe, y por tanto, esto los convierte en
objetos que cotizan un valor en el mercado y con los que se puede hacer
negocio. Y no sólo los cachorros, sino también las hembras y los machos adultos
por su capacidad para críar.
Este
movimiento de dinero y estas posibilidades de negocio son las que atraen a este
mundo a redes de delincuentes de todo tipo con el objetivo del robo de galgos.
Desde redes organizadas, hasta ladrones oportunistas cuyos objetivos son los
galgos potencialmente aptos para la caza, o simplemente susceptibles de tener
un precio en el mercado negro. Y a esta causa es principalmente debida la
asociación de galgos en los mayores focos marginales de nuestras ciudades y
pueblos.
En
este mercado, como en todos por definición, existe oferta y demanda. La demanda
de galgos jóvenes tanto en el mercado de galgos robados como en el de críadores
“tradicionales” está constituido por miembros del propio colectivo galguero.
Como no podía ser de otra manera según el principio de búsqueda de los mejores
galgos temporada a temporada.
Además,
en el caso de los robos, estos se ven favorecidos porque en la mayoría de los
casos los perros malviven (como se ha podido ver gráficamente) en cuadras,
búnkeres, zulos u otros espacios destinados a tal efecto, pero prácticamente en
ningún caso comparten techo con su propietario (tal y como lo hacen los
animales de compañía). La mayoría de estos robos se hacen en este tipo de
dependencias cuando no están los propietarios, aunque también se han reportado
casos de robos en domicilios, robos con violencia etc… aunque son mucho menos
frecuentes.
El
mercado negro, la marginalidad, y el tráfico de estos animales no hace sino
favorecer la existencia de casos de maltrato, asesinato y abandono. Por tanto,
en este sentido las medidas regulatorias deberían conducir a perseguir los
robos de perros y a controlar la existencia de un mercado “en la sombra” de
estos animales.
Una
aproximación sencilla a las causas de este problema nos puede conducir a las
posibles soluciones. Si la existencia de ejemplares deseados y con una alta
cotización favorece un mercado ilegal y los robos se deberían buscar medidas
que eliminaran ese concepto de una “alta cotización”. En este sentido una
medida que sin acabar con la práctica de caza con galgos reduciría los robos y
mercado negro sería la eliminación de cualquier tipo de competición de carácter
oficial. De esta forma se evitaría dar publicidad y prestigio a los perros
ganadores o “grandes competidores” y no se promocionaría este terrible mercado.
La
eliminación de toda competición oficial de caza con galgos no acabaría con los
robos, pero reduciría bastante su frecuencia y mermaría con toda seguridad el
tráfico ílegal de galgos robados o no, al eliminar las grandes referencias de
estos mercados. No obstante, medidas como esta, que favorecerían el bienestar
de miles de galgos y de sus propietarios no son consideradas por los
representantes del mundillo galguero, que sigue empeñado en la promoción y
multiplicación de toda suerte de competiciones de esta modalidad en territorio
nacional.
Es
destacable, que a día de hoy, no constan ni son públicas decisiones de ningún
estamento oficial que representa a organizaciones galgueras, que expulsen,
inhabiliten, o sancionen a ningún miembro de las mismas por la participación en
tráfico ilegal o robos de galgos.
Entrenamiento con vehículos a motor
El
entrenamiento de galgos atados a vehículos a motor es todavía una práctica
habitual. No es extraño encontrarse en caminos públicos a galgueros tirando de
cuatro, cinco o diez galgos atados con cuerdas todo tipo de vehículos para
recorrer varios kilómetros en lo que se supone es el entrenamiento de estos
perros. Esta es una práctica prohibida por la normativa actual, y
afortunadamente cada vez es menos habitual verla. No obstante todavía está muy
arraigada en determinadas zonas de Andalucía, Extremadura e incluso en zonas de
Castilla-La Mancha muy cercanas a Madrid. Las medidas regulatorias en este
sentido pasarían no sólo por establecer un régimen sancionador ejemplificante y
claramente desincentivador de estos ejemplos de maltrato animal, sino por
regular además las condiciones en que estos animales pueden ser atados a
vehículos de tracción no motora ,como las bicicletas, en cuestiones como
temperatura exterior, numero de animales, condiciones de los herrajes etc.
Además
resulta indispensable que los casos conocidos de entrenamiento con vehículos a
motor sean denunciados para no relajar la presión ante esta abominable
práctica.
Los
representantes del mundo galguero tienen otra opinión a este respecto. Valga
como ejemplo las reuniones que la Federación Andaluza de Galgos ha mantenido
con responsables de los servicios de Medio Ambiente de la región de Andalucía
en 2011 para la legalización de estas prácticas que están consideradas como
maltrato. Por tanto, es de suponer, que no se contaría con el apoyo de este
colectivo en una deseable revisión de las normas a unas que favorezcan un mayor
bienestar en los perros.
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Entrenamiento de galgos con vehículos a motor. |
Condiciones de vida
Cualquier
avance en la normativa sobre tenencia y utilización de galgos no estaría
completa si no se establecieran una condiciones mínimas de bienestar de estos
animales mientras están en manos de los cazadores. Se debería exigir un mínimo de espacio por
animal, así como la prohibición de tener a los perros atados en los corrales o
jaulas. También se debería obligar a los
galgueros a tener las condiciones de ventilación y refugio adecuadas para un
adecuado bienestar de los animales.
Este
apartado debería incluir las ya comentadas condiciones de habitabilidad, de
protección contra las inclemencias meteorológias, prohibición de la instalación de sistemas
antiladrido que afecten a la calidad de vida de los animales, condiciones de
alimentación , salubridad y exigentes medidas sanitarias.
Conclusiones sobre regulación
La
batería de medidas propuestas en este texto, así como otras que se puedan
proponer forman parte lógica de la evolución hacía un mejor trato a los
animales en una sociedad europea actual.
Hay
que tener en cuenta que la caza con galgos es una práctica tradicional en las
zonas rurales de España. Son estos, lugares con bajos índices alfabetización y
desarrollo educativo (en términos relativos a los existentes en las zonas
urbanas). La tradición ,la incultura, las derivaciones económicas de esta
actividad y la resistencia al cambio de las personas implicadas hacen que las
lógicas evoluciones en materia de bienestar animal choquen contra el muro del
colectivo afín a los cazadores y con unas administraciones públicas locales
temerosas de pagar un precio en votos a cambio de una imparable evolución en
las leyes que rigen el bienestar animal.
La
consecución de una buena parte de las medidas aquí propuestas , debido a la
complejidad y el coste de su cumplimiento, reducirían la práctica de la caza
con galgos a una minoría pudiente y la harían inviable para los bolsillos más
modestos. Esto, y sin falta de razones, podría ser considerado injusto para una
gran mayoría de los que utilizan a los galgos. En este sentido, medidas
intermedias como la eliminación de cualquier tipo de competición oficial, ayudarían a no beneficiar exclusivamente a las clases con mayor capacidad
económica.
A
largo plazo, las únicas medidas realmente efectivas son las preventivas. En
este sentido, la educación en valores de respeto y buen trato a los animales
harían más a largo plazo que cientos de regímenes sancionadores a corto.
Una
regulación que reduzca sensiblemente el maltrato, abandono y asesinato de
galgos, es una tarea complicada, que engloba distintos campos de actuación y
que siempre contará con la oposición de todo el mundo galguero.
Bajo
el principio, de que el que contamina… paga. Toda la regulación para la
reducción del maltrato y sufrimiento de estos animales, así como la gestión de
su destino de retiro, cuando sea necesario, debe ser costeado por los
responsables del problema, es decir, el colectivo galguero. Estos costes deben
ser reglamentariamente incorporados a su práctica y deben ser asumidos como
parte de ella.
En
caso de que estos avances, puedan llegar a ser algún día una realidad, nos
podremos empezar a plantear que nuestro país deje de ser la vergüenza de Europa
en materia de trato a sus perros.
En la siguiente entrega parte Caza con Galgos: Prohibición
En la siguiente entrega parte Caza con Galgos: Prohibición